viernes, 25 de noviembre de 2011

viernes, 18 de noviembre de 2011

Propiedad intelectual y derechos de autor

Ley 11723
Art. 1º - A los efectos de la presente ley, las obras científicas, literarias y artísticas, comprenden los escritos de toda naturaleza y extensión; las obras dramáticas, composiciones musicales, dramático-musicales; las cinematográficas y pantomímicas; las obras de dibujos, pintura, escultura, arquitectura; modelos y obras de arte o ciencia aplicadas al comercio o a la industria; los impresos, planos y mapas; los plásticos, fotografías, grabados y discos fonográficos, en fin: toda producción científica, literaria, artística o didáctica sea cual fuere el procedimiento de reproducción.

Art. 2º - El derecho de propiedad de una obra científica, literaria o artística, comprende para su autor la facultad de disponer de ella, de publicarla, de ejecutarla, de representarla, y exponerla en público, de enajenarla, de traducirla, de adaptarla o de autorizar su traducción y de reproducirla en cualquier forma.

Art. 3º - Al editor de una obra anónima o seudónima corresponderán, con relación a ella, los derechos y las obligaciones del autor, quien podrá recabarlos para sí justificando su personalidad. Los autores que empleen seudónimos, podrán registrarlos adquiriendo la propiedad de los mismos.


Art. 4º - Son titulares del derecho de propiedad intelectual:
a) El autor de la obra;
b) Sus herederos o derechohabientes;
c) Los que con permiso del autor la traducen, refunden, adaptan, modifican o transportan sobre la nueva obra intelectual resultante.

Art. 5º - La propiedad intelectual corresponde a los autores durante su vida y a sus herederos o derechohabientes, durante treinta años más. En los casos de colaboración debidamente autenticada, este término comenzará a correr desde la muerte del último coautor.Para las obras póstumas, los términos comenzarán a correr desde la fecha de la muerte del autor y ellas permanecerán en el dominio privado de sus herederos o derechohabientes por el término de treinta años.Si no hubiere herederos o derechohabientes del autor la propiedad de la obra corresponderá por quince años, a quien la edite autorizadamente. Si hubiere herederos o derechohabientes y el autor hubiese encargado a una tercera persona la publicación de la obra, la propiedad quedará en condominio entre los herederos y el editor.


LEY 25.036 - Software y Bases de Datos

ARTÍCULO 1. 

Artículo 1°: A los efectos de la presente ley, las obras científicas, literarias y artísticas comprenden los escritos de toda naturaleza y extensión, entre ellos los programas de computación fuente y objeto; las compilaciones de datos o de otros materiales; las obras dramáticas, composiciones musicales, dramático-musicales; las cinematográficas, coreográficas y pantomímicas; las obras de dibujo, pintura, escultura, arquitectura; modelos y obras de arte o ciencia aplicadas al comercio o a la industria; los impresos, planos y mapas; los plásticos, fotografías, grabados y fonogramas; en fin, toda producción científica, literaria, artística o didáctica, sea cual fuere el procedimiento de reproducción.
La protección del derecho de autor abarcará la expresión de ideas, procedimientos, métodos de operación y conceptos matemáticos pero no esas ideas, procedimientos, métodos y conceptos en sí.

ARTÍCULO 2. Incorpórase como inciso d) del artículo 4° de la ley 11.723 el siguiente texto:
Artículo 4°:...
d) Las personas físicas o jurídicas cuyos dependientes contratados para elaborar un programa de computación hubiesen producido un programa de computación en el desempeño de sus funciones laborales, salvo estipulación en contrario.

ARTÍCULO 3.  Incorpórase como segundo párrafo del artículo 9° de la ley 11.723 el siguiente texto:
Artículo 9°:...
Quien haya recibido de los autores o de sus derecho-habientes de un programa de computación una licencia para usarlo, podrá reproducir una única copia de salvaguardia de los ejemplares originales del mismo.
Dicha copia deberá estar debidamente identificada, con indicación del licenciado que realizó la copia y la fecha de la misma. La copia de salvaguardia no podrá ser utilizada para otra finalidad que la de reemplazar el ejemplar original del programa de computación licenciado si ese original se pierde o deviene inútil para su utilización.

ARTÍCULO 4Incorpórase como artículo 55 bis de la ley 11.723 el siguiente texto:
Artículo 55 bis: La explotación de la propiedad intelectual sobre los programas de computación incluirá entre otras formas los contratos de licencia para su uso o reproducción.

ARTÍCULO 5.  Incorpórase como artículo 57, in fine, de la ley 11.723 el siguiente texto:
Artículo 57, in fine: Para los programas de computación, consistirá el depósito de los elementos y documentos que determine la reglamentación.

ARTÍCULO 6. Comuníquese al Poder Ejecutivo.


copia de seguridad o backup (su nombre en inglés)

 En tecnología de la información o informática es una copia de seguridad - o el proceso de copia de seguridad - con el fin de que estas copias adicionales puedan utilizarse para restaurar el original después de una eventual pérdida de datos. El verbo es copia de seguridad en dos palabras, mientras que el sustantivo es respaldo (a menudo utilizado como un adjetivo en nombres compuestos). También se emplea el término a veces como un eufemismo para denominar a cualquier archivo copiado sin autorización. Fundamentalmente son útiles para dos cosas. Primero, recuperarse de una catástrofe informática. Segundo recuperar una pequeña cantidad de archivos que pueden haberse eliminado accidentalmente o corrompido. La pérdida de datos es muy común



Que es la piratería informática
Al contrario de lo que ocurre con otras cosas que adquiere, las fuentes y las aplicaciones de software que compra no le pertenecen .En lugar de eso, se convierte en un usuario con licencia: adquiere el derecho a utilizar el software en un único equipo, aunque no puede instalar copias en otros equipos ni pasárselos a otros equipos ni compañeros. La piratería informática es la distribución o reproducción ilegal de las fuentes o aplicaciones de software de Adobe para su utilización comercial o particular. La piratería puede presentarse de diferentes formas. Sea deliberada o no, la piratería informática es ilegal y está castigada por la ley



 Ley De Copyright
Un copyright se utiliza para proteger las derechas del autor de trabajos publicados o inéditos de la literatura, de las formas del arte como música y líricas, del drama, del choreography, de gráficos y de otros, de películas y de grabaciones de sonidos. La ley de copyright internacional es ley federal y no varía de estado al estado, aunque la interpretación de la ley puede ser diferente en varias cortes. Con más y más persona dar vuelta Internet para variedad propósito, Internet copyright ley tener convertir importante y también más ejecutorio.Ver más http://www.clearleadinc.com/spanish/copyright-ley.html

Privacidad y protección de datos personales

Habeas data 
Es el derecho, en ejercicio de una acción constitucional o legal, que tiene cualquier persona que figura en un registro o banco de datos, de acceder a tal registro para conocer qué información existe sobre su persona, y de solicitar la corrección de esa información si le causara algún perjuicio.Este derecho se fue expandiendo y comenzó a ser reglamentado tanto por leyes de habeas data como por normas de protección de datos personales.



Algunas recomendaciones para proteger la información en la internet
El equipo deberá protegerse adecuadamente utilizando para ello un software de antivirus y de seguridad específico.
Debería configurarse de manera adecuada el software del navegador con las opciones de seguridad más restrictivas y eficaces.
El intercambio de datos personales debe efectuarse exclusivamente en aquellos sitios que cuenten con protocolos seguros y que respeten los principios previstos en la legislacion en materia de proteccion de datos
 En todo caso, antes de facilitar datos de carácter personal hay que asegurarse de que el sitio web dispone de politica de privaciddad
El equipo pagina o archivo deberá protegerse a través de una contraseña que restrinja el inicio de sesión y que impida que un tercero pueda acceder a él.
Con objeto de evitar la instalación de software malicioso, deberá disponerse de utilidades que permitan el bloqueo de las ventanas emergentes
En aquellos equipos que no sean de uso personal, deberá desactivarse la opción que poseen los navegadores que permite el almacenamiento de las contraseñas o el guardas información relativa al inicio de las sesiones

viernes, 11 de noviembre de 2011

Normas de comportamiento en la Red

El uso de la red no es un derecho, es un privilegio que puede ser temporalmente revocado por una conducta abusiva. En este sentido existe una especie de código de buena conducta que ha de ser aceptado por los usuarios de Internet. El conjunto de normas que componen este código es usualmente denominado Netiquetas. En realidad, las netiquetas no han sido impuestas por nadie: surgen del sentido común y de la experiencia.




Las reglas son las siguientes:
§  Regla 1: Nunca olvide que la persona que lee el mensaje es en efecto humana con sentimientos que pueden ser lastimados.
§  Regla 2: Adhiérase a los mismos estándares de comportamiento en línea que usted sigue en la vida real.

§  Regla 3: Escribir todo en mayúsculas se considera como gritar y además, dificulta la lectura.
§  Regla 4: Respete el tiempo y ancho de banda de las otras personas.
§  Regla 5: Muestre el lado bueno de su persona mientras se mantenga en línea.
§  Regla 6: Comparta su conocimiento con la comunidad.
§  Regla 7: Ayude a mantener los debates en un ambiente sano y educativo
§  Regla 8: Respete la privacidad de terceras personas, hacer un grupo contra una persona está mal
§  Regla 9: No abuse de su poder.
§  Regla 10: Perdone los errores ajenos.



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Regla de oro 

''No hagas a otro lo que no quieres que te hagan a ti”


Estas reglas son muy importantes y útiles ya que ponen limites entre los que utilizan la computadora y el Internet.Esto nos permite saber que debemos tener un respeto hacia el otro.



viernes, 4 de noviembre de 2011

Comunidades Virtuales

Comunidades Virtuales de Trabajo: 

El teletrabajo, o trabajo a distancia, permite trabajar en un lugar diferente a la oficina. Es una de las medidas de la Administración de la demanda de transporte. La utilización de los nuevos medios informáticos permite mejor comunicaciones de forma remota, lo que permite trabajar de forma no presencial.Es una forma de trabajo en la que éste se realiza en un lugar alejado de las oficinas centrales o de las instalaciones de producción, mediante la utilización de las nuevas tecnologías de la comunicación.La diferencia fundamental entre "trabajo a domicilio" y "teletrabajo" es la preponderancia de la informática y las telecomunicaciones en la realización del teletrabajo.

Comunidades Virtuales de Aprendizaje:
 La comunicación digital es un fenómeno que ha calado en la vida cotidiana del hombre. Surge como efecto de las nuevas tecnologías que se introducen de manera vertiginosa en el campo de la comunicación social. Intenta fusionar el periodismo con las nuevas técnicas de la informática, las letras con bits; lo analógico se convierte en digital.Esta novedosa forma de comunicación le abre numerosas puertas al usuario. Le otorga herramientas no sólo para expresarse de forma escrita, sino que le permite usar imágenes, videos, grabaciones de voz, animaciones, hipervínculos, correos electrónicos, blogs, entre otros; para expresar sus pensamientos e ideas.
La comunicacion analogica es a traves de diarios, libros, de persona a persona.

viernes, 28 de octubre de 2011

Medios colaborativos sociales

Un Wiki: sirve para crear páginas web de forma rápida y eficaz, además ofrece gran libertad a los usuarios, incluso para aquellos usuarios que no tienen muchos conocimientos de informática ni programación, permite de forma muy sencilla incluir textos, hipertextos, documentos digitales, enlaces y demás.La finalidad de un Wiki es permitir que varios usuarios puedan crear páginas web sobre un mismo tema, de esta forma cada usuario aporta un poco de su conocimiento para que la página web sea más completa, creando de esta forma una comunidad de usuarios que comparten contenidos acerca de un mismo tema o categoría.


Edublog: Un Edublog es un blog escrito por alguien en la educación . Los ejemplos pueden incluir blogs escritos por o para los profesores, los blogs mantenidos con el propósito de instrucción en el aula, o blogs escritos sobre política educativa. 

Blogosfera: significa todos los blogs, es una expresión que se utiliza para describir el mundo de los blogs como comunidad o red social

Blogonauta: Es aquella persona que navega o visita muchos blogs

Blogging: Es bloggear continuamente

Blogfolio: Son las entradas que uno desea poner en su blog

Fotolog: La palabra fotolog en español tiene dos orígenes: derivada del inglés photoblog (bitácora fotográfica) y derivada del sitio Fotolog.com (una de miles de bitácoras pertenecientes a una comunidad). A diferencia de un álbum de fotos, en un fotolog se publican unas pocas fotos diarias, generalmente una sola.